El necesario fortalecimiento de la cultura de la legalidad para la contención de la violencia y la prevención del delito

Autores/as

  • Fernando Manuel Castro Figueroa Universidad Autónoma de Baja California
  • Marina del Pilar Olmeda García Universidad Autónoma de Baja California
  • Daniel Octavio Valdez Delgadillo Universidad Autónoma de Baja California

DOI:

https://doi.org/10.32870/rjj.v3i5.116

Palabras clave:

cultura de la legalidad, contención de la violencia, prevención del delito.

Resumen

Esta investigación tiene por objetivo  analizar la importancia de la cultura de la legalidad en el ciudadano y orientar recomendaciones para su promoción e impulso por parte del Estado, la familia, la escuela, el sector empresarial y toda institución con capacidad liderazgo, para la contención de la violencia y la prevención del delito. Se concibe en este trabajo, que la transmisión de la cultura hacia las nuevas generaciones es uno de los objetivos centrales de toda sociedad, para la adquisición e interiorización  de saberes, ideas, valores, creencias, costumbres y prácticas de nuestra identidad como persona en una comunidad determinada.

Las reflexiones que aquí se plantean, no pretende constituirse en un estudio teórico, ni aproximación analítica. Lo que se ofrece al lector, es el resultado de una reflexión ordenada e interrelación temática para identificar las perspectivas y desafíos de la Cultura de la legalidad y la importancia de reforzarla en los diferentes ámbitos del quehacer humano, familia, educación, trabajo, instituciones y vida comunitaria, como elemento de la formación valoral y su interiorización en el ser humano.

Citas

Alducin, E. (1999), “Perspectivas de la identidad nacional en la época de la globalización”, En R. Bejar y H. Rosales, Coordinadores, La identidad nacional mexicana, como problema político y cultural, México, Siglo XXI.

Alexander, A. C., R. Inglehart, y Ch. Wenzel (2012). International Political Science Review, vol. 33, Newbury Park, California. (1): 41-62.

Almond, G. y S. Verba (1989). The Civic Culture, Political Attitudes and Democracy in Five Nations. 3a ed. Newbury Park, CA: Sage Publications.

Arendt H. (1958), La condición Humana, Chicago, the University of Chicago.

Brennan, G. y Buchanan, J. (2008). The Reason of Rules: Constitutional Political Economy, Cambridge, Cambridge University Press.

Bobbio Norberto, (1981), Voz “Legalidad”. En Diccionario de Política, México, Siglo XXI

Bobbio, Norberto (1989), Estado, gobierno y sociedad. México, Fondo de Cultura Económica

Bobbio, Norberto (1990), Teoría General del Derecho, Madrid, Debate

Castaños, Fernando y Julia Flores (2000), Voz “Cultura”, En Baca Laura, compiladora, Diccionario de Política, México, Fondo de Cultura Económica.

Cortina, A, (2010), “Ética mínima: Introducción a la filosofía práctica”, sexta edición, España, Tecnos.

Dalton, R. J. (1999), “Political Support in Advanced Industrial Countries”, en Critical Citizens: Global Support for Democratic Government. Norris, P. Oxford, Oxford, University Press.

Della Porta, D. (2000), “Social Capital, Beliefs in Government, and Political Corruption”, En Disaffected Democracies, Pharr, S.J y Putnam, R.D. (eds), Princeton, New Jersey, Princeton University Press.

Díaz, Elías (1972), Estado de derecho y sociedad democracia, Madrid, Cuadernos para el Diálogo.

Dworkin, R. (2008), La democracia posible. Principios para un nuevo debate político, Barcelona, Paidós.

Elster, J. (1979), Ulysses and The Sirens, Studies in Rationality and Irrationality, Cambridge, Cambridge University Press.

Elster, J. (1989), The Cement of Society, A Study of Social Order, Cambridge, Cambridge University Press

Encuesta Nacional de Cultura Constitucional, (2003-2011-2016), México, Instituto de Investigación Jurídicas de la UNAM, recuperada en: http://historico.juridicas.unam.mx/invest/areas/opinion/EncuestaConstitucion/ (en julio de 2020).

Encuesta Nacional sobre Calidad de la Ciudadanía, (2013), informe país sobre la calidad de la ciudadanía en México, México, IFE. Recuperado de: https://portalanterior.ine.mx/archivos2/s/DECEYEC/EducacionCivica/Resumen_Ejecutivo_23nov.pdf (en julio de 2020).

Escudero, Rafael (2012), “El concepto de Soft Law” En Contribuciones a la Filosofía del Derecho. Imperia en Barcelona 2010. José Juan Moreso y José Luis Martí (eds.), Madrid, Marcial Pons.

Fernández García, Eusebio (1987), La obediencia al Derecho, Madrid: Civitas.

(Ferrajoli, L, (1999), la cultura jurídica La cultura giuridica nell'Italia del Novecento, Roma-Bari, Laterza.

Fukuyama, F. ( 2000), “ Social Capital and Civil Society”. IMF Working Paper, [document electrónico] Disponible en: http://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=879582 [Recuperado el 03 de enero de 2013]. Fukuyama, F., 2008. Falling Behind, Explaining the Development Gap Between Latin America and the United States. 1a Ed. Oxford, Oxford University Press.

García Figueroa, A. (2009), Criaturas de la moralidad, una aproximación neoconstitucionalista al Derecho a través de los derechos. Madrid, Trotta.

Godson, Roy (2000), “Guía para desarrollar una cultura de la legalidad” Simposio sobre el Papel de la Sociedad Civil para Contrarrestar al Crimen Organizado: Implicaciones Globales del Renacimiento de Palermo, Sicilia Presentado por primera vez en el 2000 en Palermo, Italia, recuperado de http://www.programaanticorrupcion.gob.mx/web/doctos/integridad/curso-cultura/guia_para_construir_una_cl.pdf (Fecha de consulta 19 de abril de 2020)

Habermas, J. (1995), Between Facts and Norms: Contributions to a Discourse Theory of Law and Democracy. Cambridge, Polity Press.

Habermas, J. (1998). “Facticidad y validez”, Madrid, Trotta

Hart, H. L. A. (2012), The Concept of Law, Oxford, Oxford University Press.

Hobsbawm, E. (1999), “El mundo frente al milenio”, conferencia pronunciada el 25 de Noviembre de 1998 en el Edificio Diego Portales, Santiago, Chile http://www.anep.edu.uy/historia/clases/clase09/clases/07_Elmundofrentealmilenio_Hobsbawm.pdf (Fecha de consulta: 19 de abril de 2020).

Huntington, S, Harrison, L, (2000), La cultura es la que importa, Argentina, Planeta Huntington, S. y L. Harrison (2000), Culture Matters, How Values Shape Human Progress. New York, Basic Books.

Haberle, Petter, (2000), teoría de la constitución como ciencia de la cultura, Madrid, tecnos.

Inglehart, R. (2004), Human Beliefs and Values, a Cross-Cultural ourcebook Based on the 1999-2002 Values Surveys. México, Siglo XXI.

Kauffman, D., A. Kraay y P. Zoido-Lobatón (2000), “Governance Matters: From Measurement to Action”, Finance and Development. Washington, Fondo Monetario Internacional.

Laporta, Francisco (1994), “Imperio de la ley. Reflexiones sobre un punto de partida de Elías Díaz”, San Vicente del Raspeig, Doxa, Cuadernos de Filosofía del Derecho, no. 15-16, vol. I.

Laporta, F. (2007), El imperio de la ley: Una visión actual, Madrid, Trotta.

Martínez G. (2012), Competencia y participación política. Vinculo esencial entre representantes y ciudadanía para el avance democrático en México, México, Gernika.

Mockus, A. (1994), “Anfibios culturales y divorcio entre ley, moral y cultura”, Análisis Político No. 21, Ene-Abr. Bogotá, IEPRI.

Monesterolo, G. (2008), Propuesta de un rediseño curricular y de una metodología innovadora para la formación profesional en la Facultad de Jurisprudencia de la PUCE, Quito, asociación de Profesores de la Universidad Católica del Ecuador.

Montero, José Ramón, Sonja Zmerli y Ken Newton (2008), “Confianza social, confianza política y satisfacción con la democracia”, Revista Española de Investigaciones Sociológicas.

Muñoz, Blanca (2005), Modelos culturales: teoría sociopolítica de la cultura, Barcelona, Anthropos.

Norris, P. (1999), Critical Citizens: Global Support for Democratic Government. Oxford, Oxford University Press.

North D. C. y B. R. Weingast (1989), “Constitutions and Commitment: The Evolution of Institutional Governing Public Choice in Seventeenth-Century England”. The Journal of Economic History. Vol. 49, Cambrige, Cambridge University Press.

O´Donnell Guillermo, Osvaldo Iazetta y Jorge Vargas Cullell (eds.), (2003), Democracia, Desarrollo Humano y Ciudadanía, Chile, Instituto de ciencias políticas, Universidad católica de Chile.

O’Donnell, G. (2010), Democracia, agencia, estado: teoría con intención comparativa. Buenos Aires, Prometeo Libros.

Olmeda, M. (2013), “Ética profesional en el ejercicio del derecho”, tercera edición, México, editorial UABC-Bosh.

Peschard, Jacqueline (1996), La cultura política democrática. Cuadernos de divulgación de la cultura democrática, México, Instituto Federal Electoral.

Pharr, S. J. (2000), “Officials’ Misconduct and Public Distrust: Japan and the Trilateral Democracies”, En Disaffected Democracies. Pharr, S. J. y Putnam, R. D. (eds.). New Jersey, Princeton University Press.

Putnam, R. (1993), Making Democracy Work, Civic Traditions in Modern Italy, Princeton, Princeton University Press.

Raz, J. (1999), Practical Reason and Norms, Oxford, Oxford University Press.

Ricardo, J., (2014), La dimensión valorativa de las ciencias hacia una filosofía política, Bernal, universidad nacional de Quilmes.

Ricaño, J. (2012), Prólogo en, México Unido contra la delincuencia A.C., Asignatura Estatal Cultura de la Legalidad, Segunda Antología Comentada, México, México Unido contra la delincuencia A.C.

Rockwell, E. (2007), “Huellas del pasado en las culturas escolares”, Revista de Antropología Social (pp. 175-212), Nº 16, ISSN 1131-558X, recuperado de http://es.scribd.com/doc/80504081/Huellas-Del-Pasado-Rokwell#scribd (fecha de consulta 15 de abril de 2020).

Rosanvallon, P. (2010), La legitimidad democrática, Barcelona, Paidós.

Rubin, E. (1989), “Law and Legislation in the Administrative State”, Columbia Law Review.Vol. 89, New York, Columbia School.

Salazar Ugarte, Pedro (2006), Democracia y cultura de la legalidad, México, Instituto Federal Electoral.

Schauer, F. (1991), Playing by the Rules: A Philosophical Examination of Rule-Based Decision-Making in Law and Life, Nueva York, Clarendon Press.

Schelling, T. (1984), Choice and Consequence, Perspective of an Errant Economist. Cambridge, Harvard University Press.

SEP (2011), “Lineamientos para el diseño de los programas de estudio correspondientes a la Asignatura Estatal de Secundaria”.

SEP (2011), Acuerdo número 592, por el que se establece la articulación de la educación básica.

SEP (2019), Programa Sectorial de Educación2019-2024. http://www.despertarnoticias.com/tag/programa-sectorial-de-educacion-2019-

Senado de la República, (2019), Encuesta Nacional sobre Cultura de la legalidad y agenda legislativa. Principales resultado, México, Senado de la República. Recuperado en: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/4664 (julio de 2020).

Shapiro, Martin (1981), Courts. A Comparative and Political Analysis, Chicago, The University of Chicago Press.

Toharia, J, (2014), Cultura de la legalidad y buena justicia, Costa Rica, Flacso.

Touraine, A. (1995), Producción de la sociedad. México, IIS UNAM.

Tyler, T. (2006), Why People Obey the Law, Chelsea, MI: Yale University Press.

Villoria, Manuel (2011), Voz “Integridad”. Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad, 1: 107-113. [En línea: < http://eunomia.tirant.com/>] fecha de consulta: 2 de diciembre de 2013).

Wences,I. y Sauca, J., (2014), “Cultura de la legalidad: proyecto y movimiento”, en Wences I., Conde R. y Bonilla A. Cultura de la legalidad en Iberoamérica: desafíos y experiencias, San José, Flacso.

Wences, I y Sauca, J, (2014), cultura de la legalidad: proyecto y movimiento, Costa Rica, Flacso.

Weber, 2004, “La ética protestante y el espíritu del capitalismo” http://medicinayarte.com/img/weber-max-la-etica-protestante-y-el-espiritu-del-capitalismo.pdf

Descargas

Publicado

2022-12-09